Registración

No estoy seguro/a de estar registrado/a. ¿Cómo puedo confirmar el estado actual de mi registro electoral?

A.
Puede confirmar el estado de su registro electoral a través de este sitio Web por medio de ir a Am I Registered to Vote? (¿estoy registrado/a para votar?), donde seleccionará una de tres maneras para realizar la búsqueda.   Usted puede basar su búsqueda en: 1. su número único de identificación de votante (VUID por sus siglas en inglés), el cual se encuentra en su certificado de registro electoral; 2. su número de licencia de manejar de Texas, si lo presentó al inscribirse  para votar; ó 3. su nombre de pila y apellido.  También puede llamar a la oficina del registrador de votantes en el condado donde tiene su residencia.  Para saber el número, revise la lista de funcionarios encargados del registro electoral por condado.

Si envío mi solicitud a tiempo, ¿qué pasa después?

A.
Su registro electoral entra en vigor a los 30 días de haberse enviado al registrador electoral del condado (y cuando éste lo haya  aceptado*).  Entonces el oficial del condado pondrá su nombre en la lista de votantes registrados y le generará un certificado de inscripción para enviárselo por correo.  Una vez que usted lo reciba, asegúrese de leer la información en la parte trasera del certificado, firmar al lado de la “X” que aparece “al frente” (área de color amarillo), y guardarlo en un lugar seguro.  Esta tarjeta o certificado es lo que usted llevará consigo a los comicios para votar.  Conste que mientras su nombre figure en la lista de votantes, usted puede votar sin presentar el certificado, tal como se explica bajo “Votar sin Certificado”. *Si su solicitud original no contiene toda la información requerida, recibirá un aviso por correo y tendrá una fecha tope  para responder al mismo.

No recuerdo haber visto mí certificado últimamente. ¿Hay algún problema? ¿Qué no sigo registrado/a?

A.
Los nuevos certificados se envían por correo cada dos años al domicilio más reciente que usted haya proporcionado al registrador electoral.  Si no recuerda haber recibido un certificado de colores blanco y amarillo a principios de 2012, esto quizá pueda ser señal que se mudó sin actualizar su dirección o que hay algún otro problema con su registro. Si el certificado se envió a un domicilio anterior, se regresó el certificado al registrador y su nombre se incluyó en la “lista pendiente” de ese condado. Esto quiere decir que usted tiene un periodo de gracia que le permite votar en el mismo condado en su precinto anterior. Si usted no vota, se borrará su nombre de la lista después de dos elecciones federales a partir del momento en que se le puso en la lista pendiente. Si no recibió su certificado porque se mudó a un condado diferente en Texas, deberá registrarse nuevamente.

Estoy repasando esta página y nada tiene sentido para mi. Estas no son las reglas que yo conozco. Yo estoy en otro estado, no Texas – ¿eso importa?

A.
Si visita nuestra página desde otro estado, por favor recuerde que cada estado tiene reglas levemente distintas. Estas reglas describen la ley estatal de Texas, y están destinadas para votantes quienes consideran que su hogar permanente está en Texas y que quieren votar en una papeleta de Texas. Si llegó a esta página a través de un motor de búsqueda y necesita la ley electoral de otro estado, véase a la página National Association of Secretaries of State para otros sitios Web.

No encuentro mi certificado/tarjeta de votante. ¿Puedo votar sin este documento?

A.
Si es usted elector registrado/a y se le perdió o se le traspapeló su certificado de votante, podrá votar sin su certificado presentando algún tipo de identificación (ver lista a continuación) y si firma una declaración jurada en el lugar de votación.   Este es el proceso a seguir si su registro electoral está actualizado y su nombre aparece en el padrón electoral en su condado de residencia.  También puede contactar al registrador electoral de su condado para obtener una sustitución de su certificado. Direcciones y números telefónicos de registradores electorales

Documentos aceptables:
  1. licencia de manejar o cédula de identidad personal expedida a su nombre por el Departamento de Seguridad Pública (Department of Public Safety), o un documento similar expedido a su nombre por alguna agencia de otro estado, sin importar que la licencia o cédula esté vencida
    Aviso: Estos tipos de identificación no deben usarse si las frases “Limited Term” (término limitado) o “Temporary Visitor” (visitante temporal) aparecen en la cara de la tarjeta, ya que tales indican que la persona no es ciudadano de los EE.UU.
  2. forma de identificación que contenga su fotografía y establezca su identidad;
  3. acta de nacimiento, u otro documento que acredite su nacimiento admitido por un tribunal y que establezca su identidad;
  4. documentos de ciudadanía estadounidense expedidos a su nombre;
  5. pasaporte de los Estados Unidos expedido a su nombre;
  6. correspondencia oficial dirigida a usted, con su nombre, por parte de alguna entidad gubernamental;
  7. copia de alguna cuenta actual de servicios públicos (agua, luz, etc.), estado de cuenta bancaria, cheque emitido  por el gobierno, cheque salarial  u otro documento emitido por alguna entidad gubernamental que muestre su nombre y dirección.

¿Puede cualquier persona votar por adelantado por correspondencia (alguna vez conocido como voto en ausencia)?

A.
Solamente por motivos específicos se permite que un elector registrado vote por adelantado por correspondencia. Podrá pedir que se le envíe una boleta por correspondencia si usted:
  1. estará fuera de su condado el día de la elección y durante el período de votación adelantada;
  2. está enfermo/a o discapacitado/a;
  3. tiene 65 o más años de edad el día de la elección; o
  4. se encuentra encarcelado/a.
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Voto provisional

El voto provisional está diseñado para permitir votar a los electores cuyo nombre no aparece en el padrón debido a algún error administrativo.  El proceso incluye una declaración jurada que el elector debe de llenar especificando las razones por las cuales cumple con los requisitos para votar; y se utiliza si el elector no puede verificar su registro por los métodos descritos con anterioridad.  Lo puntos importantes son: (1) las boletas depositadas bajo este proceso se mantienen aparte de las boletas regulares, y (2) el registro del votante será verificado posteriormente por la junta de boletas de voto provisional (la junta de boletas de votación adelantada), e incluirá la boleta del votante en el conteo solamente si se determina que el votante ya está inscrito y si aparte de eso está calificado para votar.  Los electores provisionales recibirán un aviso por correo dentro de los diez días de haberse realizado la certificación de la elección, indicándoles si sus boletas provisionales se incluyeron o no en el escrutinio junto con una explicación del por qué.

Electores militares y electores que se encuentran en el extranjero

Los electores militares y aquellos electores que se encuentran en el extranjero podrán utilizar inscripción electoral regular y el proceso de votación adelantada por correspondencia disponible para todos los votantes que se encuentran fuera de su condado de residencia el día de la elección.  Sin embargo, existen disposiciones especiales para electores militares y electores que se encuentran en el extranjero.

Electores con necesidades especiales

En vez de proporcionarle preguntas y respuestas, preferimos dirigirlo a la sección de información para electores con necesidades especiales en nuestra página de Internet para asegurarnos de que usted esté plenamente informado/a acerca de todos los servicios disponibles para usted.

Electores que son estudiantes

Con frecuencia, los electores que son estudiantes buscan orientación para cumplir con los requisitos de residencia para propósitos de su registro electoral. Información con respecto a asuntos de residencia estudiantil.

También tenemos una sección de “Preguntas Frecuentes” sobre Oficinistas Electorales Estudiantiles.

Votación por delincuentes condenados por delitos graves

En Texas, un delincuente condenado vuelve a adquirir el derecho al voto después de purgar su condena.  Por lo tanto, una vez que haya concluido la fase del castigo (que incluye cualquier término de encarcelamiento, libertad provisional o supervisión,  o al cumplir un periodo de probatoria fijado por un tribunal), tal persona podrá registrarse y votar en el estado de Texas.

Elecciones referentes a la venta de bebidas alcohólicas

Para información acerca del proceso electoral en Texas  para llevar a cabo la petición local de venta o prohibición de venta de bebidas alcohólicas, revise el material educativo referente a este tema.

Partidos políticos

Para información sobre los partidos políticos certificados en Texas, favor de comunicarse directamente con tales organizaciones:

Información adicional

Tenemos información que se encuentra en varias secciones de nuestra página de Internet – “Información para votantes”, “Candidatos” y “Cómo llevar a cabo sus elecciones” (para administradores electorales), y éstas son apenas algunas de ellas.  Usted se dará cuenta de que algunas partes del material se repiten en diferentes lugares – nuestra intención con esto es poner cada sección al alcance de su audiencia para que los usuarios las marquen fácilmente y puedan utilizar esta información en un futuro.

Si necesita mayor información, por favor envíenos un mensaje por correo electrónico o llámenos de manera gratuita al 1-800-252-VOTE (8683).