Votación por correo


Para votar por correo, deberá proporcionar UNO de los siguientes números en su solicitud de boleta por correo (ABBM, por sus siglas en inglés) y sobre de envío:

  • Licencia de Conducir de Texas, número de documento de Identificación Personal de Texas o número de certificado de Identificación Electoral emitido por el Departamento de Seguridad Pública de Texas (NO su número VUID de registro de votante); O los últimos 4 dígitos de su número del Seguro Social.
    Las imágenes muestran representaciones de una licencia de conducir de Texas, una tarjeta de identificación personal de Texas, un certificado de identificación electoral de Texas y una tarjeta de seguro social.

Si no se le ha emitido una Licencia de Conducir de Texas, Identificación Personal de Texas, un Certificado de Identificación Electoral o una tarjeta de Seguro Social, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente que se encuentra en la solicitud (ABBM) y el sobre de envío.

*En el caso de los votantes de 18 a 69 años, la identificación con fotografía puede haber caducado como máximo cuatro años antes. En el caso de los votantes de 70 años en adelante, la identificación con fotografía puede haber caducado en cualquier momento si dicho documento es válido de otra manera.
†El Certificado de Identificación Electoral de Texas es una identificación con fotografía gratuita emitida por el DPS con el fin de votar. El número en esta identificación NO es su número de registro de votante (VUID) que se encuentra en su tarjeta de registro electoral que recibe por correo. Su VUID NO es información requerida en su solicitud de boleta por correo o su sobre de envío.

En Texas, la votación por correo ha estado a disposición de los votantes de edad avanzada y de aquellos con discapacidades físicas durante décadas. Sin embargo, recuerde que en la privacidad del hogar del votante, es imposible exigir el cumplimiento de muchos de los resguardos legales diseñados para proteger a los votantes y sus boletas. Estas son algunas sugerencias que pueden resultarle útiles:

  • Llame a la oficina de su localidad o del condado donde se llevará a cabo la elección y solicite que le envíen por correo una solicitud para votar, o bien descargue la solicitud aquí (PDF).
  • Para votar por correo, debe proporcionar UNO de los siguientes números en su ABBM: (1) Licencia de conducir de Texas, número de documento de identificación personal de Texas o número de certificado de identificación electoral emitido por el Departamento de Seguridad Pública de Texas (NO su número VUID de registro de votante); O (2) Si no se le ha emitido ninguno de los números mencionados con anterioridad, los últimos 4 dígitos de su número del Seguro Social. Si no se le ha emitido una licencia de conducir de Texas, un número de documento de identificación personal de Texas o un número de certificado de identificación electoral de Texas o un número del Seguro Social, debe indicarlo marcando la casilla correspondiente en la ABBM.
  • Si necesita ayuda para completar el formulario o para enviarlo por correo, pídale ayuda a alguna persona de su confianza. Junto a su firma deben indicarse el nombre y la dirección de su ayudante, quien también debe firmar la solicitud.
  • Dirija su solicitud al Secretario de votación anticipada. Es posible que se rechacen las solicitudes enviadas a una dirección que no sea la correspondiente al Secretario de votación anticipada.
  • La solicitud de boleta debe enviarse por correo hasta 60 días antes de la elección. Esto le dará mucho tiempo para recibir su boleta, marcarla y volver a enviarla al Secretario de votación anticipada. El secretario de votación anticipada debe recibir todas las solicitudes para votar por correo a más tardar el 11.º día antes de la elección, al cierre del día hábil o al mediodía, según lo que ocurra más tarde. Las solicitudes para votar por correo deben presentarse en persona o enviarse por correo postal, correo electrónico, servicio de transporte común o contratado, o fax (si existe una máquina de fax disponible en la oficina del Secretario de votación anticipada).
  • Si usted está votando por correo porque es discapacitado o tiene 65 o más años de edad, puede usar una única solicitud para pedir boletas por correo para todas las elecciones del condado en el año calendario. Si bien puede enviar esta solicitud “para todo el año” en cualquier momento del año calendario, la solicitud debe recibirse al menos 11 días antes de la primera elección para la cual usted desea solicitar la boleta por correo.
  • Por lo general, la boleta debe enviarse por correo a la dirección donde usted está registrado para votar. Sin embargo, si usted tiene de 65 años en adelante o tiene una discapacidad física, puede pedir que le envíen su boleta a un hospital, un centro de convalecencia o centro de cuidado a largo plazo, un centro para jubilados o a un familiar, pero usted debe marcar el espacio en blanco en el formulario que indica qué dirección está proporcionando. Si el motivo para votar por correo es su ausencia del condado, la boleta debe ser enviada a una dirección fuera del condado.
  • Si necesita ayuda para leer, marcar o enviar por correo la boleta, pídale ayuda a un familiar o amigo de su confianza. Suele ocurrir que alguna persona de una organización política ofrezca ayuda con la boleta poco después de que la haya recibido. Le recomendamos que no acepte este tipo de ayuda, por varios motivos. Si usted permite que otra persona que no conoce envíe su boleta por correo, es posible que la boleta no sea enviada. Si su boleta es enviada a la oficina electoral por medio de un servicio de transporte común o contratado desde la dirección de un candidato o una sede de campaña, será rechazada.
  • Por último, si alguien le brinda ayuda con el envío de su boleta, debe poner el nombre y la dirección de su ayudante en el sobre de envío, que es el que se usa para devolver su boleta al secretario de votación anticipada. Su ayudante también debe firmar el sobre de envío.